Guías / Suspensión de licencia por DUI
Dos maneras de perder la licencia después de un arresto por DUI
El Departamento de Licencias (DOL) y la corte actúan por separado. Uno de los dos tiene un reloj de siete días que empieza el día de la citación.
1. Suspensión administrativa del DOL
Ocurre después del arresto, antes de cualquier condena
- Aplica si su prueba de aliento o de sangre dio .08 o más, o si se negó a la prueba.
- .08 o más: suspensión de 90 días.
- Negativa: suspensión de 1 año en una primera ofensa.
- Tiene 7 días desde la fecha de la citación para pedir una audiencia del DOL y pelearla. La audiencia es opcional, pero si no la pide, la suspensión simplemente ocurre.
2. Suspensión ordenada por la corte
Ocurre solo si lo condenan
- Alcoholemia menor a .15: suspensión de 90 días en una primera ofensa.
- .15 o más: revocación de 1 año en una primera ofensa.
- Negativa: revocación de 2 años en una primera ofensa.
- Las ofensas anteriores suben esto a 2, 3, 4 años y más.
La audiencia del DOL es la primera pelea y llega antes de que pase nada en la corte. Llámeme dentro de los siete días y yo la pido por usted.
Para qué sirve la audiencia
En la audiencia del DOL, un oficial de audiencias revisa si la parada fue legal, si había motivos razonables para creer que estaba bajo la influencia, si le informaron correctamente y si la prueba fue válida. Ganarla conserva su licencia; perderla todavía le deja la opción de una licencia con bloqueo de encendido para seguir manejando al trabajo.
Llame hoy al (509) 630-3492. Protejamos su licencia, su historial y su futuro.
Información general, no asesoría legal. Cada caso es distinto; consulte a un abogado sobre el suyo.